Entrevista a Fernando Santibáñez sobre Mesa de Riego y Código de Aguas

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Fernando Santibáñez, es un destacado Ingeniero Agrónomo, académico de la Universidad de Chile en el departamento de Cs. Ambientales y Recursos Naturales Renovables.

Con la gran disponibilidad y calidad tanto humana como profesional que lo caracteriza, Fernando Santibáñez accedió a respondernos algunas consultas respecto al Código de Aguas, tema de tanta relevancia para Chile y su agricultura.
¿Qué aspectos considera negativos en la actual legislación?

  1. Creo que el código actual fue creado sobre la base de supuestos que no se han cumplido en la práctica. Uno de ellos es que con ello, este recurso iría a donde sea más productivo. En la práctica se ha visto que muchos tenedores de derechos lo han hecho con fines netamente especulativos y no necesariamente productivos.
  2. Otro supuesto es que los derechos separados de la tierra producirían una “racionalización” del potencial productivo de la tierra, es decir, se usarían donde haya más potencial de producción agrícola. Si bien esto es parcialmente cierto, lo imperfecto de este supuesto viene del hecho de restringir el concepto de “productividad” del agua a una dimensión puramente económica, sin considerar las distorsiones sociales que ello implica. El Estado y sus leyes tienen la obligación ética de velar por que los recursos naturales no sólo generen valor económico, sino social y cultural, intangibles tan importantes para la salud de una nación como el primero.
  3. Tercero, la libre transferencia de los derechos entre privados debió haberse regulado. No es aceptable que una persona natural o jurídica que, habiendo recibido los derechos en forma casi gratuita del Estado, o sea de la sociedad toda, en una especie de acto de confianza, luego los venda a precios exorbitantes como ha ocurrido en el norte de Chile. Es contradictorio que un “bien público” sea transado de esa forma tan libre en el mercado, es una especie de burla a la constitución. Estas cosas hay que regularlas un poco más.

¿Qué propuestas permitirían superar esas debilidades actuales en forma real?

  • Regulación de las transferencias de derechos, especialmente cuando se transfieren desde un sector de la economía a otro (agricultura a minería por ejemplo).
  • Aumentar los costos del no uso de los derechos, hasta sincerar los derechos adquiridos con las reales necesidades de uso beneficioso (como en USA).
  • Los nuevos derechos que deriven de nuevas obras de regadío (embalses, canales, carreteras hídricas) una vez asignados debieran ser intransferibles, de modo que un usuario, si realmente deja de necesitarlos, los devuelve a la sociedad (o paga una elevada tasa de “no uso” si lo desea). Con eso se evitará un “mercado” de un bien “publico” lo que desvirtúa un principio constitucional.

¿Indique cuáles son los aspectos que considera negativos en la propuesta de reforma al Código de Aguas en Chile?
Creo que es necesario dar seguridad sobre la tenencia de los derechos mientras el bien se esté usando correctamente. Los proyectos agrícolas son a largo plazo y suele ocurrir que entre un proyecto y otro pueden haber lapsos de no uso que no pueden poner el riesgo la tenencia de los derechos. El pago de un derecho durante el periodo de no uso es parte del costo de los proyectos, pero mantendría la seguridad de la tenencia del derecho. Los derechos debieran ajustarse a la real disponibilidad de agua, calculada en base a una seguridad alta (>80% de probabilidad) de modo que no pase lo que está pasando en el norte, que en el mejor de los casos, el 50% de los años los agricultores reciben la real dotación de agua que le aseguran sus derechos. Habría que redimensionar el agua distribuible en cada cuenca en base a un nivel de probabilidad como el señalado. Los cambios de uso del agua deben ser autorizados por el Estado (de agricultura a energía o a minería).
 ¿Cuál es su visión personal de la controversia actual del tema, incluyendo aspectos políticos, intereses Privados vs. Públicos, etc.?
 Creo que el problema a escalado indeseablemente a nivel más político que técnico. Hay realidades distintas:

  • Las personas que compraron sus tierra con agua debieran tener el derecho perpetuo (sin que eso las excluya de pagar por “no uso”), hacer otra cosa sería una real expropiación.
  • Las personas que compraron tierras de secano y luego adquirieron los derechos de agua, de aquí en adelante podrían estar sujetas a una revisión sobre el uso que se esté haciendo del recurso pudiendo caducar este en el caso que no cumpla con el uso para el que fue originalmente asignado.
  • Las compañías de energía que acopiaron exceso de derechos debieran ajustar su propiedad a las reales necesidades (aquí no vale el pago por “no uso” pues facultaría a las compañías a pagar y transferir costos a toda la población puesto que la energía es un mercado imperfecto)

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